Asesoría fiscal para autónomos en Tenerife

Nuestro servicio de asesoría fiscal para autónomos en Tenerife te permite optimizar impuestos, simplificar la contabilidad y aprovechar al máximo las deducciones fiscales. Nos encargamos de que tus obligaciones estén siempre al día, mientras tú te concentras en hacer crecer tu negocio.
Como parte de nuestra asesoría fiscal en Tenerife, ponemos a tu disposición un equipo de expertos que te ayudará a ganar tranquilidad y rentabilidad sin preocuparte por la gestión fiscal.
Preguntas frecuentes sobre asesoría fiscal y autónomos
¿Qué impuestos debe pagar un autónomo?
En Canarias, los autónomos deben hacer frente a varios impuestos, tanto nacionales como autonómicos. Aquí te mostramos los principales:
- IRPF: Los autónomos tributan por los ingresos de su actividad, con un sistema progresivo. Pueden deducir gastos relacionados con su negocio.
- IGIC: Es el equivalente al IVA en Canarias. El tipo general es del 7%, pero existen tipos reducidos para ciertos productos o servicios.
- Cotización a la Seguridad Social: Los autónomos deben pagar una cuota mensual al RETA, que depende de la base de cotización elegida.
- IAE: Solo aplicable si los ingresos anuales superan el millón de euros. La mayoría de los autónomos están exentos.
Este es un resumen general, y contar con un asesoramiento fiscal adecuado es clave para cumplir con las obligaciones y aprovechar las deducciones disponibles.
¿Cómo se calcula el IRPF de un autónomo?
El cálculo del IRPF de un autónomo se realiza de la siguiente manera:
- Ingresos brutos: Se suman todos los ingresos obtenidos por la actividad.
- Gastos deducibles: Se restan los gastos directamente relacionados con la actividad económica y que cumplan los requisitos legales (facturas, justificantes, etc.).
- Rendimiento neto: Es la diferencia entre ingresos y gastos.
- Reducciones: Se aplican ciertas reducciones al rendimiento neto según la situación personal y familiar del autónomo.
- Base imponible: Es el resultado de aplicar las reducciones al rendimiento neto.
- Tipo impositivo: Se aplica la tarifa del IRPF a la base imponible. Esta tarifa es progresiva, es decir, a mayor base imponible, mayor tipo impositivo.
- Cuota íntegra: Es el resultado de aplicar el tipo impositivo a la base imponible.
- Deducciones: Se restan las deducciones fiscales a las que tenga derecho el autónomo.
- Cuota líquida: Es el resultado de restar las deducciones a la cuota íntegra.
- Pagos a cuenta (retenciones): Se restan las retenciones que le hayan practicado al autónomo a lo largo del año.
- Cuota diferencial: Es la diferencia entre la cuota líquida y los pagos a cuenta. Si es positiva, el autónomo tendrá que pagar; si es negativa, Hacienda le devolverá.
¿Cada cuánto tiempo debe presentar un autónomo sus declaraciones de impuestos?
- IRPF (modelo 130 o 131): Trimestralmente (abril, julio, octubre y enero).
- IVA/IGIC (modelo 303 o equivalente en Canarias): Trimestralmente (abril, julio, octubre y enero).
- Resumen anual del IVA/IGIC (modelo 390 o equivalente en Canarias): En enero del año siguiente.
- Declaración de la Renta (modelo 100): Anualmente (entre abril y junio).
¿Qué ventajas tiene el régimen de módulos para los autónomos?
El régimen de módulos (o estimación objetiva) es un sistema simplificado de cálculo del rendimiento neto para ciertas actividades. Sus principales ventajas son:
- Simplicidad: No es necesario llevar una contabilidad detallada de ingresos y gastos.
- Cuota fija: Se paga una cantidad fija en función de los módulos que se apliquen a la actividad.
Sin embargo, también tiene desventajas:
- No se deducen los gastos reales: No se tienen en cuenta los gastos reales del autónomo, lo que puede ser una desventaja si estos son elevados.
- Limitaciones: No todas las actividades pueden acogerse al régimen de módulos.
¿Es posible desgravar el coste de un vehículo como autónomo?
Sí, es posible deducir parte del coste de un vehículo como autónomo, siempre que esté afecto a la actividad económica. El grado de deducción depende del uso del vehículo:
- Afectación exclusiva a la actividad (100%): Se puede deducir el 100% de los gastos relacionados con el vehículo (amortización, combustible, reparaciones, seguro, etc.).
- Afectación parcial a la actividad (50%): Se puede deducir el 50% de los gastos.
- En Canarias, existen particularidades en la deducción del IGIC soportado en la adquisición de vehículos.
Es fundamental:
- Justificar la afectación del vehículo a la actividad.
- Conservar las facturas de compra y de todos los gastos relacionados con el vehículo.
¿Qué ocurre si un autónomo no paga sus impuestos a tiempo?
Si un autónomo no paga sus impuestos a tiempo, según la normativa fiscal española y canaria, se expone a recargos, intereses de demora y posibles sanciones.
En primer lugar, si presentas la autoliquidación fuera de plazo, pero sin requerimiento previo de la Agencia Tributaria, tendrás que pagar un recargo por declaración extemporánea. Este recargo varía en función del tiempo transcurrido:
- Hasta 12 meses de retraso: recargo del 1% fijo más un 1% adicional por cada mes completo de retraso.
- A partir de 12 meses: recargo del 15%, más intereses de demora desde el día siguiente al año de vencimiento.
Si además de presentar tarde, no pagas, o si la Agencia Tributaria inicia un procedimiento de comprobación o inspección, podrías enfrentarte a sanciones económicas que oscilan entre el 50% y el 150% de la deuda tributaria, según la gravedad de la infracción.
Además, en el ámbito canario, si el incumplimiento afecta a impuestos gestionados por la Agencia Tributaria Canaria (como el IGIC), se aplican los mismos criterios generales de la normativa estatal, pero gestionados por el organismo autonómico.
Si tienes dudas o necesitas ayuda para regularizar tu situación, puedes pedir cita con uno de nuestros asesores y revisaremos tu caso para evitar mayores complicaciones.
Servicios destacados de asesoría fiscal para autónomos en Tenerife
- Alta y baja de autónomo: Te ayudamos a dar tus primeros pasos como autónomo, gestionando todos los trámites necesarios para que inicies tu actividad sin complicaciones.
- Asesoramiento y planificación fiscal: Optimizamos tu carga tributaria con estrategias personalizadas, asegurando el cumplimiento de tus obligaciones fiscales.
- Declaración de la renta: Preparamos y presentamos tu declaración, garantizando el máximo ahorro fiscal dentro del marco legal.
- Declaraciones informativas: Nos encargamos de elaborar y presentar los informes fiscales requeridos para cumplir con las normativas vigentes.
- Gestión de impuestos indirectos IGIC / IVA: Controlamos y presentamos tus declaraciones de IGIC o IVA, simplificando tu gestión tributaria.
- Informes fiscales para proyectos específicos: Elaboramos análisis fiscales detallados adaptados a las necesidades de tus proyectos.
- Redacción de contratos y acuerdos comerciales: Diseñamos contratos claros y efectivos que protejan tus intereses en cada transacción.

